viernes, 15 de abril de 2011

SISTEMA POLÍTICO DE ARGENTINA

SISTEMA POLÍTICO DE ARGENTINA

El país de Argentina tiene un gobierno democrático representativo, republicano y federal. Posee un sistema presidencial y una organización pluripartidista.
Su norma máxima que rige la política de Argentina es la Constitución de la Nación Argentina.
                                                      

Estructura Política de Argentina


Presidente
Vicepresidente
Jefe de Gabinete de Ministros
Ministro del Interior
Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
Ministro de Defensa
Ministro de Economía y Finanzas Públicas
Ministra de Industria
Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca
Ministro de Turismo
Ministro de Planificación Federal, Inversión pública y Servicios
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
Ministro de Educación
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Ministro de Salud
Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva
Ministra de Desarrollo Social
Ministra de Seguridad
Procuradora del Tesoro de la Nación
Secretario General de la Presidencia
Secretario Legal y Técnico















Poder Ejecutivo
Representado por el Presidente de la Nación de Argentina y está encargado de la administración y de cumplir con los intereses del Estado Nacional. Son elegidos en elecciones generales tanto el Presidente como el Vicepresidente por sufragio universal directo en distrito único.
El Presidente es el jefe supremo de la Nación, jefe de gobierno, es el responsable político de la administración general del país y Comandante de todas las fuerzas armadas de la Nación.
Jefe de Gabinete es nombrado por el Presidente, ejerce la administración general del país y junto con los demás Ministro, refrenda y legaliza los actos del Presidente por medio de su firma, sin este requisito carecen de eficacia.
Los secretarios Generales de la Presidencia y Legal y Técnico y el Procurador del Tesoro de la Nación poseen jerarquía equivalente a la de Ministro.
Poder Legislativo
Representado por el Congreso de la Nación Argentina, lo integra la Cámara de Diputados y el Senado de la Nación de Argentina y se encarga de dictar y sancionar las leyes.
El Congreso es elegido por sufragio universal.
La Cámara de Diputados está constituida por 257 diputados elegidos cada cuatro años, con renovación parcial por mitades cada dos años. Cada provincia está representada por un distrito electoral, eligiéndose en forma representativa por sistema D’Hont la cantidad de diputados que le corresponde a cada una. El número de diputados de cada distrito determina según su población pero no puede ser menor a 5 para asegurar una mayor representación a las provincias menos pobladas, que de no ser así  quedarían reducidos a uno o a dos.
Senado es una cámara de representación provincial por 72 senadores; tres por cada provincia y tres por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Son elegidos por un periodo de 6 años con posibilidad de reelección ilimitada y se adjudican dos senadores al partido más votado y un tercero al partido que le sigue en número de votos.
Este Senado renueva un tercio de sus miembros cada 2 años. La presidencia del Senado está bajo el mando del Vicepresidente de la Nación, que solo puede votar en caso de empate.

Poder judicial
Represente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación Argentina, a los tribunales menores y se encarga de administrar la justicia.
Está compuesta por siete miembros nombrados por el Presidente, con acuerdo del Senado.

Estructura de la Suprema Corte de Justica de la Nación de Argentina


Presidente
Vicepresidenta
Ministro
Ministro
Ministro
Ministro
Ministra

Consejo de la Magistratura
Administra el Poder Judicial de todas las instancias a excepción de la Suprema Corte. Tiene a su cargo  cinco funciones, entre ellas seleccionar mediante concurso público de los magistrados (excepto los de la Suprema Corte) y removerlos por la causales contempladas por la ley.
Ministerio Público
Organismo independiente con autonomía funcional y financiera para la promoción de la actuación de la justicia en defensa de los intereses de la colectividad, está integrado por el Procurador General y un Defensor General de la Nación.
Auditoría General de la Nación.
Organismo autónomo de asistencia técnica al Congreso para la fiscalización de la actualización del poder ejecutivo. Su presidente es designado a propuesta del partido político de oposición con mayor número de legisladores en el Congreso.
Defensor del Pueblo
Organismo independiente instituido en el ámbito del Congreso Nacional, para la defensa y protección de los derechos humanos y demás derechos constitucionales y legales así como para el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas. Elegido para un mandato de 5 años que podrá renovarse una sola vez, por dos tercios de los miembros presentes en cada una de las Cámaras del Congreso Nacional. 
Organización del Estado
La República de Argentina es un estado Federal, constituido por 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que viene a cumplir con la función de ser la Capital de la República. Cada provincia constituye un estado autónomo que ejerce todo el poder no delegado expresamente a la Nación y tiene competencia legislativa en los términos establecidos en sus respectivas constituciones en las que de forma expresa manifiestan su adhesión a la República. El poder ejecutivo de cada provincia esta ejercida por un Gobernador, tanto la extensión de su mandato como la forma de ser elegido y la posibilidad de reelección están determinadas por cada Constitución provincial, que en general establecen una duración de cuatro años de mandato. Dentro de sus obligaciones se encuentran hacer cumplir la Constitución y las leyes de la Nación, de ahí que la Constitución Nacional se refiera a ellos como agentes naturales de Gobierno Federal. El poder legislativo provincial es ejercido por la correspondiente Legislatura provincial que puede ser unicameral o bicameral conforme lo establezca cada Constitución provincial.
Cada provincia tiene a su vez subdivisiones territoriales que se denominan departamentos, excepto la Capital de Buenos Aires donde se llaman partidos. Según lo que decida cada provincia los departamentos pueden estar subdivididos en distritos, pedanías o cuarteles que pueden o no tener funciones administrativas.
Para la administración de los intereses de la población local, la Constitución Nacional reconoce a los municipios como entes autónomos creados por los gobiernos provinciales por las leyes que regulan el ejercicio de su autonomía, habiendo provincias que los consideran aún como entes autárquicos. Los municipios se clasifican administrativamente principalmente en función del número de habitantes.